Esta carta la ha escrito un celiaco y la ha puesto en las quejas .
A
todos los va a afectar pero el que tenga un celiaco en casa, puede que
un poco mas, pues un kilo de harina de trigo cuesta??? bueno realmente
no lo se , pero un kilo de harina especial para celiacos cuesta 3,99 €
eso si lo se.
Esta copiado tal cual lo ha escrito Dany
Estimados
señores:
La
celiaquía
es
una
intolerancia
permanente
al
gluten,
sustancia
presente
en
el
trigo,
la
avena,
la
cebada,
el
centeno
y
sus
derivados.
A
día
de
hoy
los
celíacos
no
cuentan
con
un
tratamiento,
por
lo
que
deben
seguir
una
dieta
estrictamente
exenta
de
gluten
de
por
vida.
Actualmente,
el trigo y sus productos derivados, como panes y pastas, son
considerados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
productos de primera necesidad, y en consecuencia se gravan con un
IVA superreducido del 4%. Sin embargo, los productos específicos
para celíacos, como por ejemplo las harinas, los panes y las pastas
sin gluten, no son considerados de primera necesidad, sino que se
incluyen en la categoría de productos dietéticos, y por lo tanto se
gravan con un impuesto reducido del 8%. Además, dado que el Real
Decreto Ley 20/2012, aprobado el pasado 13 de julio, estipula el
aumento del IVA reducido del 8 al 10%, la diferencia del gravamen
entre unos productos y otros será aún mayor a partir del 1 de
septiembre, cuando entre en vigor esta normativa.
El
tema que nos ocupa es, pues, evidente: ¿por qué para una persona no
celíaca el pan es un artículo de primera necesidad y para una
persona celíaca, no? Estamos ante un caso claro de discriminación
hacia el colectivo celíaco. Los productos específicos sin gluten
son una necesidad para quienes padecen esta intolerancia y no un
producto dietético como cualquier otro. Son imprescindibles para una
dieta equilibrada y completa desde un punto de vista nutricional.
Por
todo ello, extiendo la presente queja y reclamación para que los
productos específicos sin gluten, como la harina sin gluten y todos
aquellos productos elaborados con ella, pasen a considerarse
artículos de primera necesidad y se graven en consecuencia con el
IVA superreducido del 4%.
A
la espera de una respuesta favorable, les saluda atentamente